En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes explanados, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar, la apelación ejercida en fecha 17/01/2.011 por los ciudadanos Jorge Luís Giménez Amaya y Yanixa Mariby Palacios Rivas, asistidos por la abogada Anivette Mujica, contra la decisión dictada en fecha 10/01/2.011, por el Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se declara la Nulidad de las actuaciones realizadas en esta causa por el defensor designado, y como quiera que los demandados han actuado en este juzgado superior asistidos de abogados, sin haberles acreditado representación se Repone al estado de que se le designe a los deman.....