En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida en fecha 23 de marzo de 2011 por el abogado Carlos Cedeño, en su carácter de coapoderado judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 21 de marzo de 2011.
SEGUNDO: Se Confirma la decisión dictada por el Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 21 de marzo de 2011, que declaró sin lugar la demanda de nulidad de venta solicitada por Yamilet Yacovazzo Ortiz de Castañeda, contra Carlos C.....