Por los fundamentos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar, la apelación interpuesta en fecha 27/05/2.011 por la abogada Edifrángel León Pérez en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 20/05/2.011, por el Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Queda Revocada en todas y cada una de sus partes, la sentencia dictada por el Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 20/05/2.011, por no estar ajustada a derecho.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por el cará.....