Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 04 de diciembre de 2015, por el ciudadano Guillermo Herran Arizabaleta, asistido de abogado, en contra de la decisión dictada en fecha 30/11/2015, por el Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 30/11/2015, por el Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
TERCERO: SE ORDENA al Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor.....