En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 20/07/2.006 y ratificada en fecha 28/07/2.006 por el abogado Juan Dimopoulos, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Mehin Demetria Jiménez Aranguren, en contra del pronunciamiento realizado por la Juez Unipersonal Nro. 01 del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en la sentencia dictada en fecha 20/06/2.006, en cuanto a la no condenatoria en costas.
SEGUNDO: SE REVOCA lo dispuesto en la sentencia dictada en fecha 20/06/2.006, por la Juez Unipersonal N° 01 del Ju.....