En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes explanado, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 03/05/2012 por el abogado Alberto José Mosquera, en el carácter de coapoderado judicial de la parte actora, ciudadano FRANCO GUIÓN, contra la sentencia de fecha 30/04/2012 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, que declaró sin lugar la demanda de desalojo de inmueble.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 30/04/2012 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
TERCERO: Se condena en costas del recurso .....