-IV-
DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho presentado en fecha 23 de Noviembre de 2023, por el abogado MANUEL PARRA ESCALONA, titular de la cédula de identidad Nro. 3.693.361, contra el auto dictado en fecha 21 de Noviembre de 2023, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, mediante el cual declaró Inadmisible el recurso de apelación interpuesto contra la decisión definitiva dictada en fecha 10 de Noviembre de 2023.
SEGUNDO: SE ORDENA al juez a quo, oír en ambos efectos, la apelación ejercida por el abogado MANUEL PARRA ESCALONA, titular de la cédula de identidad Nro. 3.693.361, en fecha.....