Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida en fecha 09 de julio de 2.010, por el ciudadano José Rafael García Flores, asistido por el Abogado Santiago Castillo, en su carácter de parte demandada, contra auto dictado en fecha 08 de julio de 2.010 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
SEGUNDO: La nulidad del auto de fecha 08 de julio del 2010 y de las demás actuaciones que en este proceso se hubiesen verificado con posterioridad a dicho auto.
TERCERO: Repone la causa al estado de que el juzgado a quo, fije nueva oportuni.....