Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación intentada en fecha 18 de mayo de 2018, por el abogado Edgar Ramírez, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva dictada el 23 de mayo de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que negó decretar las medidas nominadas de Prohibición de Enajenar y Gravar y la medida cautelar de secuestro; y la innominada de nombramiento de una tercera persona para administración.
SEGUNDO: Queda así CONFIRMADA la referida decisión de fecha 23 de mayo de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en l.....