Por lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar, la apelación ejercida en fecha 25/11/2.008, por el abogado Juan Alcides Caro, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 24/11/2.008 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se declara Sin Lugar la acción que por Reivindicación de un inmueble ubicado en la calle 33, antigua calle 6, vía a Marathan, hoy dial vial, al lado de la canal, punto de referencia poste de electricidad N° 097, Barrio Las Delicias de la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa, intentó el ciudadano Ali.....