Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 06 de abril de 2018, por el Abogado Gilberto José Becerra, en su condición de co-apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano Manuel Carlos Rodríguez Blanco, en contra de la sentencia dictada en fecha 21 de marzo de 2018, por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se ANULAN todas las actuaciones llevadas en esta causa desde la fecha en que la juez a quo decidió declararse incompetente, y REPONER la causa al estado de que el juez a quien corresponda el conocimiento de la misma, se pronuncie en el cuadern.....