Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: Se declara Con Lugar, la apelación ejercida en fecha 07/05/2.010 por el ciudadano José Guillermo Espitia, asistido de abogado, contra la decisión dictada en fecha 03/05/2.010 por el Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se Revoca la decisión dictada por el Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 03/05/2.010, que declaró: "Con Lugar el Desalojo de Inmueble intentado por el ciudadano Matteo Taschetta Loiacomo contra el ciudadano José Guillermo Espitia Castellanos, en co.....