Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesta en fecha 06 de junio de 2016, por los Abogados Félix Montes Osal y José Samir Abouras Totúa, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Elizabetta De Leo De Li Calzi, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 31 de mayo de 2016.
SEGUNDO: Queda REVOCADA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa en fecha 31 de mayo de 201.....