Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso de Hecho interpuesto en fecha 20/10/2.011 por el ciudadano Chahine Daniel Martínez, asistido por el abogado José Samir Abouras Totúa, contra el auto dictado en fecha 17/10/2.011 por el Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró inadmisible la apelación interpuesta contra la sentencia dictada en fecha 06/10/2.011.
SEGUNDO: Se REVOCA el auto de fecha 17/10/2.011 dictado por el precitado Juzgado, que declaró inadmisible la apelación interpuesta contra la sentencia dictada en fecha 06/10/2.011.
TERCERO: Se ORDENA al Juzgado Pri.....