Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de esta Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 24 de enero de 2017, por el abogado Walid Aboaasi, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana Nayife El Nimer como tercera interesada, en contra de la sentencia dictada en fecha 17 de enero de 2017, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: PROCEDENTE la Homologación del desistimiento del procedimiento realizado por la parte actora ciudadano ANTONIO JOSÉ CAMARA PITA por intermedio de su apoderado judicial abogado José Olegario Hernández Gamez, mediante diligencia de fecha 10 de enero de 2017.
TERCERO: se CONFIRMA la sentencia dictada.....