En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 11/04/2016, por el abogado Durman Rodríguez, en su carácter de apoderado del demandante, ciudadano Miguel Arcángel Herrera Linarez, contra el auto de fecha 05/04/2016, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que negó la medida de prohibición de enajenar y gravar peticionada por el abogado Durman Rodríguez.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto de fecha 05/04/2016, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Port.....