En virtud de los fundamentos de hecho y de derechos antes explanados, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara incompetente para conocer del recurso de apelación ejercido en fecha 25 de mayo de 2017, por la abogada Yusmir Coromoto Torrealba Montes co apoderada de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 23 de mayo de 2.017, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa que declaró la inadmisibilidad de la demanda y la subsiguiente nulidad de las actuaciones anteriores, y apelación interpuesta en fecha 30 de mayo de 2.017, por el abogado José Daniel Mijoba apoderado judicial de los demandado (solo en lo que se refiere a la falta de condenatoria en c.....