Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 11/07/2013 por el abogado Arsenio Angulo, en su carácter de coapoderado de la parte solicitante contra el auto dictado por el Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 03/07/2013.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto dictado por el Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 03/07/2013, mediante el cual acuerda sobreseer la causa.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.