Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación intentada en fecha 25 de junio de 2018, por la abogada Aura Mercedes Pieruzzini Rivero, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia interlocutoria dictada el 19 de Junio de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que negó decretar la medida nominada de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada sobre el inmueble objeto de la presente controversia.
SEGUNDO: Queda así CONFIRMADA la referida decisión de fecha 19 de junio de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circ.....