En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes explanados, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación formulada en fecha 09/07/2011, por el abogado Edgar Cáceres Gamboa, en su condición de apoderado judicial de la parte accionante, contra el auto dictado por el Juzgado de los Municipios Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 06 de junio de 2011.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado por el Juzgado de los Municipios Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 06 de junio de 2011, que ordenó suspender la causa Nro. 1227-2011, demandante: Ramón Antonio Lugo, asistido por el abogado Edgar Caceres, demanda.....