Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta en fecha 05/06/2.009 por la ciudadana Yolimar Urbano, asistida por el abogado Juan Ernesto Rondón, contra la decisión dictada en fecha 02/06/2.009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 02/06/2.009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró: Con lugar, la acción interdictal de amparo a la posesión intentada por José Adelmo Cárdenas Zamudio contra las ciudadanas Yol.....