Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 06/06/2.011, por el ciudadano Edinxon Ramón Briceño, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil Seguridad Majaguas, C.A., debidamente asistido por el abogado Yuris Alfredo Peraza, parte demandada en la presente causa, contra el fallo dictado en fecha 01/06/2.011, por el Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción que por cobro de honorarios profesionales extrajudiciales intentó la abogada Elizabeth Graciana Pérez Ortiz en contra de la Sociedad Mercantil Seguridad .....