-IX-
DECISION
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 17 de febrero de 2022, por el abogado Luís Padrón, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora, ciudadano Euclides Ramón Azuaje, contra sentencia interlocutoria con fuerza definitiva dictada en fecha 16 de febrero de 2022, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en el cual declaró la perención de la instancia, en el procedimiento iniciado por demanda de daños morales derivados de accidente de transito.
SEGUNDO: Se CONFIRMA con la modificación señalada en la motiva de la presente sentencia el fallo obj.....