Por los fundamentos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 09/11/2012 por la abogada Edifrángel León Pérez, en su carácter de coapoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 19/10/2012 por el Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró Inadmisible la demanda de nulidad de título supletorio. SEGUNDO: LA NULIDAD DE LA SENTENCIA de fecha 19/10/2012 dictada por el Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
TERCERO: Se ordena al Tribunal de la causa, se pronuncie sobre el fondo del asunto con fundamento en el derecho y en los hech.....