DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal Estadal y Municipal en función de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA a favor del ciudadanoPalma Ramón Antonio, venezolano, mayor de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido en fecha 07-12-1956, soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 16.210.507, residenciado en la Barrio Monseñor de Unda, callejón 12, casa sin numero, Guanare Estado Portuguesa la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana Díaz Loyo Elvira del Carmen, por el lapso de seis (6) meses, con la obligación de Presentarse por ante la Unidad
Técnica de Supervisión.....