DISPOSITIVA
En virtud de la motivación anteriormente expuesta, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en funciones de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Acuerda la calificación de flagrancia de los hechos presentados y la aplicación del procedimiento ordinario conforme a lo previsto en los artículos 248 y 378 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Califica el delito como ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal.
TERCERO: Impone al ciudadano CACERES MONTAÑA RAFAEL, venezolano, mayor de edad, nacido el 15-04-87, soltero, titular de la cédula de identidad N° 12.238.054, residenciado en el barrio Colombia 19 de Abril, sector 2, calle 9, casa sin N°, al lado de la bodega de Mercal, Guanare estado Portuguesa; de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad establecida en el.....