DISPOSITIVA
En virtud de la motivación anteriormente expuesta, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en funciones de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Acuerda la calificación de flagrancia de los hechos presentados y la aplicación del procedimiento ordinario conforme a lo previsto en los artículos 248 y 378 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Califica el delito como ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.
TERCERO: Impone a los ciudadanos VILLAVICENCIO RODRIGUEZ MIGUEL JOSE, venezolano, mayor de edad, nacido el 17-07-84, soltero, titular de la cédula de identidad N° 17.002.138, residenciado en el barrio Colombia Norte, calle Naigüatá, Guanare estado Portuguesa; a RODRIGUEZ AJAQUE ALEXIS ANTONIO, venezolano, mayor de edad, nacido el 27-08-79, soltero, titular d.....