DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dictamina lo siguiente:
1.- Ratifica la Medida Privativa Judicial de Libertad decretada de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal en contra de Kevin Luis Terán Gil, por la comisión del delito de Robo Agravado de Vehiculo Automotor previsto y sancionado en el articulo 5 y 6 numerales 1, 2, de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehiculo, en perjuicio del ciudadano Urbano Molina Wilmer Enrique.
2.- Se acuerda la prosecución del proceso por la vía ordinaria establecida en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
3.- Se declara sin lugar la solicitud de la defensa de imponer una medida menos gravosa. Se acuerda su reclusión a la .....