DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Califica la aprehensión como flagrante del ciudadano Montoya Eddy David, de nacionalidad Venezolana, natural de Guanare Estado Portuguesa, fecha de nacimiento 13-01-1981, de 29 años de edad, soltero, obrero, residenciado en el Barrio 19 de Abril, Calle Principal, casa sin numero, cerca de la Escuela Básica, de Guanare Estado Portuguesa, hijo de Trina Montoya y Ernesto González, titular de la cédula de identidad No V-17.880.725, de acuerdo a lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
2) Acoge la precalificación jurídica por el delito posesión ilícita de sustancias estupefacientes y psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo .....