EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal contra los imputados RODRÍGUEZ DIANA CAROLINA, JOHAN JOSÉ MUJICA y LINARES ÓSCAR ALFREDO, por el delito Posesión Ilícito de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 153 de la ley Orgánica de Drogas en perjuicio del estado venezolano, conforme a lo previsto en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.
2) Admite totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, vale decir expertos; testigos y documentales, de conformidad con el artículo 197, 198 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, por ser licitas pertinentes y necesarias para un eventual juicio oral y Público.
La Jueza Temporal de Control Nº 1
Abg. Elker Torres Caldera
La Secretaria,
Abg. Victoria Villamizar.-