DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara Flagrante la Aprehensión del imputado de conformidad con el Articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal en contra del imputado Néstor Enrique Medina Moreno, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.618.358, residenciado en la Urbanización Antonio José De Sucre, vereda 6, sector 6, casa N° 3, a lado de repuestos Calderón Guanare estado Portuguesa, teléfono 0416-1254601.
2.- Se acoge la calificación jurídica por el delito de Homicidio Culposo previsto y sancionado en el artículo 409 del Código penal en perjuicio de José Gregorio escalona.
3. Se decreta la continuación del proceso por la vía ordinaria conforme al artículo 373 del Cód.....