Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal el Estado Portuguesa, en Funciones de Control, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, suspende el presente proceso en virtud del Acuerdo Reparatorio, realizado entre el ciudadano NELSON RAMON GARCIA HERNANDEZ, por le delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el articulo 453 numeral 6 del Código Penal, y ORLANDO JOSE FLORES GONZALEZ, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Código Orgánico procesal Penal.-
Diarícese, regístrese, déjese copia y archívese en su oportunidad legal.
La Juez de Control Nº 1,
Abg. Narvy Abreu Moncada
La Secretaria,
Abg Thairy Prieto