DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, adminstrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 458 del Código Penal, artículo 277 ejusdem, en concordancia con los artículos 250, 251 y 373, todos del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: Califica de FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano JUAN COROMOTO CASTILLO CARMONA;
SEGUNDO: Califica provisionalmente el hecho que le fue imputado a éste como ACOSO U HOSTIGAMIENTO y AMENAZAS DE GRAVES DAÑOS, previstos y sancionados en los artículos 40 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
TERCERO: Ordena la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO establecido en la Ley Especial.
CUARTO: Ordena la LIBERTAD PLENA del ciudadano JUAN COROMOTO CASTILLO C.....