DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 416 y 218, ambos del Código Penal, en concordancia con los artículos 248, 250, 256 y 373, todos del Código Orgánico Procesal Penal, resuelve:
PRIMERO: Califica la FLAGRANCIA en la aprehensión de los ciudadanos DEIBIS CARVAJAL VALLADARES, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.332.514, natural de Guanare, Estado Portuguesa, hijo de María Valladares y Alfonso Carvajal, nacido en fecha 20 de Agosto de 1978, de profesión educador, de estado civil soltero, residenciado en la Urbanización Francisco de Miranda, Vereda 29, casa N° 10, Guanare, Estado Portuguesa; y VÍCTOR MANUEL DÍAZ MUJICA, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolan.....