DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación anterior este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, en funciones de Control, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda al ciudadano Danny José Delgado Canelón, venezolano de 23 años de edad soltero, obrero, nacido en Guanare, estado Portuguesa, en fecha 06-10-1985, titular de la cédula de identidad N° V-17.259.632, y residenciado en el Barrio Las Américas, sector 2, Av. La Laguna calle 12, casa S/N°, Guanare, estado Portuguesa; la Suspensión Condicional del Proceso, por la comisión del delito de violencia física agravada prevista y sancionada en el artículo 42 primer y segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se impuso por el lapso de un (01) año las condiciones de Presentarse por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema de Penitenciario y la prohibición de acercarse a la victima. Todo de conformidad c.....