DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, adminstrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con los artículos 250, 256 y 373, todos del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: Califica de FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano ROBERTH ANTONIO GÁMEZ, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.959.622, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 31 de Octubre de 1979, hijo de Rubila Gámez, de estado civil soltero, de ocupación indefinida, residenciado en la Urbanización Marqués Moro, Calle Principal, casa s/n, Guanare;
SEGUNDO: Califica provisionalmente el hecho que le fue imputado a éste como ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal......