Con fundamento en la motivación anterior este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, en funciones de Control, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda al ciudadano FERNÁNDEZ MUJICA BRANKLIN DAVID, venezolano, natural de esta ciudad, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 28-03-1989, soltero, obrero, reside en el Barrio Cementerio, carrera 09 entre calle 20 y 21, casa Nro. 20-29, Guanare Estado Portuguesa, portador de la cédula de identidad numero V- 20.543.950; por la comisión del delito de Violencia Física previsto y sancionado en los artículos 42 de la Lev Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana (Se omite por razones de ley), por lo que de conformidad con el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, se impuso por el lapso de un año las condiciones de no acercarse a la víctima y someterse a la vigilancia de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penite.....