DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 1, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: 1) Admite la acusación presentada por la Representación Fiscal, contra el acusado JOHAN JOSÉ ORTIZ conforme al artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de de Violencia Física agravada, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de Beidi Esperanza Guedez Marín. 2) Admite las pruebas presentadas por el Ministerio Público, de conformidad con el artículo 197, 198 y 199 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. Es decir, expertos, testigos y documentales, por ser licitas pertinentes y necesarias para un eventual juicio oral y público. Acto seguido el Tribunal una vez hecho el pronunciamiento de ley , la Juez de Control N° .....