DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación anterior este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, en funciones de Control, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda al ciudadano Luis Enrique Damián Bravo, Venezolano, de 30 años de edad, soltero, Obrero, nacido el 06/03/1980 en Guanaro Estado Portuguesa, titular de cédula de identidad N° V-18.560.426 y residenciado en el Sector Barrialito, Calle Principal, Casa S/N°, San Nicolás del Municipio San Genaro del Estado Portuguesa; la Suspensión Condicional Del Proceso, por la comisión de los delitos de delitos de acoso u hostigamiento y violencia física agravada, previstos y sancionados en los artículos 40 y 42, Segundo Aparte de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en concordancia con lo dispuesto en los Numerales 2 y 4 del artículo 15 ejusdem, por lo que de conformidad con el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, se impus.....