Por las razones antes expuesta, este Juzgado de Primera Instancia Estatal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa seguida contra JUAN BAUTISTA HIDALGO, venezolano, natural de Biscucuy estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° 9.251.980; de conformidad con lo establecido en el ordinal 3º del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el 49 numeral 7, eiusdem.