Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal, contra el ciudadano Ronald José Vargas; calificando el delito como Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en cantidades menores, previstos y sancionados en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en su tercer aparte, cometido en perjuicio del Estado Venezolano
2.- Admite totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, de conformidad con el artículo 197,198 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal.
Admitida la acusación en los términos expresados, se le informó a la acusada de las formas alternativas a la prosecución del proceso, específicamente del Procedimiento por admisión de los Hechos establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal e interrogándole si deseaba acogerse a dicho pronunciamiento manifestando: "No Admito de los Hechos".
3.- Vista la manifestación del acusado, se.....