DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación formulada en fecha 31 de Octubre de 2008 el Ministerio Público en contra del ciudadano MIGUEL ÁNGEL OSPINO RÍOS, de Nacionalidad Colombiana, titular de la Cédula de Ciudadanía N° 77.190.070, natural de Medellín, Departamento de Antioquia, República de Colombia, nacido en fecha 03 de Noviembre de 1979, hijo de María Ríos y Luis Ospino, de estado civil soltero, de ocupación carpintero, residenciado en Quebrada De La Virgen, Calle Principal, casa s/n, frente a la Licorería "El Guariqueño", Guanare, Estado Portuguesa, por el delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artí.....