Por los motivos que anteceden, este Juzgado de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud planteada por el ciudadano Jhoana Caridad Mejias, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.475.984, domiciliada en el Barrio Maturín, carrera 09 con calle 06, casa N° 5-129 Guanare estado Portuguesa, la entrega de un vehículo Marca: Chevrolet, Modelo: Corsa, Clase: Automóvil, Año: 2001, Color: Beige, Tipo: Coupe, uso: Particular, Serial de Carrocería: 8Z1S21Z71V311993, Serial Motor: 71V311993, Placas: IA149K, en calidad de depositaria con la obligación de presentar el bien cada vez que sea requerido por los organismos competentes, debiendo firmar acta de compromiso donde consta la obligación asumida, todo de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Reg.....