DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena al acusado DURAN OCTAVIO JOSÉ, Venezolano, de 25 años de edad, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.882.245, nacido en la población y Municipio Papelón del Estado Portuguesa, en fecha 08-03-1981, hijo de Gaudis Duran (V) y Juan Vidal (D), residenciado en el Barrio Fe y Alegría, Calle 2, con carrera 13 y 14, Casa S/N, (Cerca de la Licorería Mi Lucio), de Guanare, Estado Portuguesa, a cumplir la pena de un (1) año de prisión, más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de Lesiones Personales Graves, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Vidal José Antonio, por aplicación del proced.....