DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que La Ley Le Confiere: CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a el ciudadano Santos Isaac Sereno Sereno, venezolano, de 70 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.207.075, soltero, natural de Guanare, Estado Portuguesa, fecha de nacimiento 12/04/1938 y residenciado en Barrio Bella Vista, calle 01, casa Nº 16-74, Municipio Guanare del Estado Portuguesa, por no considerarlo culpable ni responsables de la comisión del delito de Acoso u Hostigamiento, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Lib.....