DISPOSITIVA
Analizados los fundamentos expuestos, este Tribunal de Control N° 2, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dictó los siguientes pronunciamientos:
1. Admitió totalmente la acusación interpuesta por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, contra el ciudadano, Rodríguez Riera José Javier, venezolano, mayor de edad, natural de Acarigua estado Portuguesa, nacido en fecha 22 de Julio de 1980, obrero, soltero, de 24 años de edad, indocumentado y residenciado en el Barrio José Antonio Páez, sector 4, casa sin número cerca de la Escuela del referido Barrio, en la población de Guanarito estado Portuguesa, acogiendo la calificación jurídica Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal vige.....