DISPOSITIVA
Analizados los fundamentos expuestos, este Juzgado dictó los siguientes pronunciamientos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
1. Admitió totalmente la acusación interpuesta por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, contra el ciudadano Alejandro Baltasar Vera, venezolano, mayor de edad, nacido el 13 de julio de 1952, casado, chofer-conductor, titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.917.127, residenciado en la Urbanización Durigua, sector 3, vereda 3, casa número 27, teléfono 0414-5390091 de Acarigua estado Portuguesa, por el delito de lesiones culposas graves, previsto y sancionado en el articulo 422 ordinal 2° en relación con el artículo 417 del Código Penal vigente, en perjuicio del ciudadano Julio José Camejo Requena, al reunir los requisitos previstos en el artículo.....