Se Ordena la apertura a JUICIO ORAL contra el acusado OSCAR DAVID CABRERA FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, de 20 años de edad, natural de Guanare estado portuguesa, soltero, sin profesión definida, fecha de nacimiento 04-05-89, cedula de identidad N° 22.543.358, residenciado en barrio Maturín, final de la calle 07 bis, casa sin número Guanare estado Portuguesa, por la comisión del delito de Homicidio Calificado en el Curso de la Ejecución de Robo, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal en perjuicio de Wilmer Ciro Ferrer Osorio.
Se ratifica la medida judicial privativa de libertad impuesta al acusado en su oportunidad legal, por cuanto no han variado las circunstancias que motivaron su imposición.
Se emplazo a las partes para que concurran ante el Juez de Juicio en un lapso de cinco días. Se instruyó a la secretaria para que remita al Tribunal competente las presentes actuaciones.
Regístrese, diarícese y certifíquese.
Juez de Control Nº 3
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