. DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto el ciudadano Guillermo Alberto Leal Dupuy, venezolano, mayor de edad, natural de Barquisimeto, estado Lara, soltero, escolta, de 37 años de edad, nacido en fecha 05-10-1967, titular de la cédula de identidad N° V-9.604.010 y residenciado en la Urbanización El Trigal, casa N° 19-32, Cabudare, Barquisimeto, estado Lara, por el inicio de investigación penal.
2.- Decreta la Libertad sin Restricción del ciudadano Guillermo Alberto leal Dupuy.
3.- Ordena que la presente causa se tramite por el Procedimiento Ordinario, conforme al artículo 373 del.....