DISPOSITIVA
Con fundamento en las anteriores consideraciones este Tribunal en Funciones de Control N° 3, del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Condena al acusado Jorge Luís Andrade Camacho, venezolano, nacido en fecha 08-01-1985, de 23 años de edad, profesión u oficio Mecánico, titular de la cédula de identidad N° V-19.533.182, residenciado en el Barrio Cuatricentenario, callejón 05 de julio, casa S/N, Guanare Estado Portuguesa, a quien el Ministerio Público acusó por la comisión del delito de Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el Articulo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano a cumplir la pena de un año (01) año y seis (6) Meses de Prisión mas las accesorias del Articulo 16 del Código Penal.
Se mantiene la Medida Cautelar sustitutiva a libertad, de conformidad con el a.....